Que una compañía cierre el año con utilidades no significa que pueda transferir dinero a los accionistas de inmediato. Antes de repartir dividendos conviene revisar los estados financieros, las reservas aplicables, las pérdidas acumuladas y la decisión societaria que autorizará la distribución.
La junta debe decidir sobre los resultados
La distribución de utilidades forma parte de las decisiones que deben sustentarse en la información financiera de la compañía y constar en una resolución societaria correctamente adoptada. El acta debería identificar el ejercicio, el resultado aprobado, el monto que se distribuirá y la forma en que corresponde a los accionistas según sus derechos.
No confundir liquidez con utilidad distribuible
Tener dinero disponible en una cuenta bancaria no equivale a tener utilidades listas para repartir. Antes del pago deben revisarse pérdidas de ejercicios anteriores, reservas legales o estatutarias y otras restricciones que puedan afectar la decisión. Hacer retiros informales a favor de socios puede generar problemas contables, tributarios y societarios.
Las reservas dependen de la especie. En una SAS, la reserva legal no es obligatoria; pueden existir reservas estatutarias o facultativas aprobadas conforme a su régimen. Esa opción no debe trasladarse a una anónima o limitada ni permite ignorar reservas ya pactadas.
Documentar el pago protege a la compañía
La empresa debería conservar estados financieros aprobados, convocatoria o constancia de junta universal cuando corresponda, acta, detalle de beneficiarios y respaldo de los pagos. Si existen clases de acciones o derechos económicos diferentes, la distribución debe respetar el estatuto y los acuerdos válidamente aplicables.
Antes de ejecutar el pago, contabilidad debe identificar al perceptor, su residencia y naturaleza, la fecha de distribución y el régimen tributario aplicable. Compruebe la retención, sus excepciones y el Anexo de Dividendos (ADI). No aplique una tasa única a todos los destinatarios: el SRI distingue, para 2025, distribuciones hasta agosto y desde septiembre; el ADI de ese ejercicio se presentó en mayo de 2026 según el RUC.
Además, el porcentaje que recibe cada accionista dependerá de su participación y de los derechos económicos que correspondan a cada clase de acción, conforme a lo establecido en la normativa aplicable y en el estatuto social. Mantener una adecuada coordinación entre la junta, la administración y el área contable ayuda a evitar inconsistencias y reduce riesgos futuros para la compañía.
Lecturas relacionadas: Aumento de capital; Política de dividendos en un pacto.
Fuentes oficiales y revisión de TempoLegal: información revisada al 12 de octubre de 2026. Reforma de 2023: reservas de SAS; SRI: ADI del ejercicio 2025; SRI: ficha técnica ADI.