Una solicitud de acceso, rectificación o eliminación puede llegar por correo, formulario o servicio al cliente. El problema aparece cuando nadie sabe quién debe responder, se entrega información sin verificar al solicitante o la petición queda sin trazabilidad.
Qué derechos debe reconocer la empresa
La LOPDP reconoce derechos de información, acceso, rectificación y actualización, eliminación, oposición, portabilidad y suspensión, además de garantías frente a decisiones automatizadas. La expresión ARCO-POL suele utilizarse para agrupar varios de estos derechos, pero cada solicitud debe analizarse según las condiciones legales aplicables.
La respuesta necesita un procedimiento interno
La empresa debería definir un canal de recepción, responsables, verificación de identidad o representación y un registro de la fecha, derecho ejercido y sistemas involucrados. Esto permite localizar la información, coordinar áreas y conservar evidencia de la respuesta entregada.
Plazos que debe registrar desde la recepción
| Derecho o petición | Regla de atención | Fuente |
|---|---|---|
| Acceso | Quince días; gratuito y sin exigir justificación del motivo. | LOPDP, art. 13. |
| Rectificación y actualización | Quince días; comunicar la corrección al destinatario de ser el caso, dentro del mismo plazo. | LOPDP, art. 14. |
| Eliminación | Quince días desde la recepción, con condiciones y excepciones legales. | LOPDP, arts. 15 y 18. |
| Suspensión o revocatoria del consentimiento | Suspender o cesar los tratamientos afectados dentro del término máximo de tres días. | Resolución 2025-0030-R, arts. 16 y 18. |
| Oposición a mercadotecnia por interés legítimo | Atender sin dilación y con efecto inmediato. | Resolución 2025-0041-R, art. 11.4. |
No aplique un calendario único: distinga el plazo o término que corresponde al derecho real solicitado. Un acuse útil puede decir: «Recibimos tu solicitud el [fecha]; responderemos por [canal seguro] dentro del plazo aplicable a [derecho identificado]». Envíe la respuesta sustancial, además del acuse, y registre el resultado.
Eliminar no significa borrar todo automáticamente
Una petición de eliminación, oposición o suspensión exige revisar finalidades, bases de legitimación, obligaciones legales y excepciones. La respuesta debe explicar de manera clara qué acción se ejecutó o por qué determinada información debe mantenerse. El DPD puede asesorar y supervisar esta atención.
Si debe conservar una parte, identifique la obligación o base concreta, el plazo y la finalidad limitada. Por ejemplo, la conservación legal de una factura no autoriza seguir enviando promociones sin base. Cuando elimine, el artículo 20 de la Resolución 2025-0030-R exige entregar al titular un documento que acredite la eliminación y las medidas aplicadas en repositorios físicos y digitales. Su artículo 23 obliga a notificar a encargados y terceros pertinentes; ellos deben ejecutar en el término de tres días, salvo las excepciones aplicables. Coordine este flujo sin perder el plazo de respuesta al titular.
Preguntas sobre verificación y entrega
¿Una persona puede pedir una copia de sus datos?
Sí. El derecho de acceso permite conocer y obtener información sobre los datos personales tratados en los términos de la LOPDP.
Verifique identidad o representación con medios razonables y proporcionales. Para entregar la información, confirme el canal del solicitante, evite copias a terceros y proteja los datos de otras personas incluidos en el expediente. Pedir documentos excesivos o enviar un archivo a una dirección no comprobada crea riesgos adicionales.
¿Una solicitud de eliminación siempre obliga a borrar todo?
No. Debe verificarse si existe una obligación o justificación que requiera conservar determinada información y documentar la decisión.
TempoLegal recomienda relacionar el procedimiento con el registro de tratamientos y la matriz de conservación para localizar datos y justificar cada decisión. La empresa responde y ejecuta; el DPD asesora y supervisa.
Fuentes oficiales: LOPDP; Resolución 2025-0030-R; Norma de interés legítimo 2025-0041-R. Contenido revisado por TempoLegal al 12 de octubre de 2026.